Solo hasta el 9 de Febrero

Ayudas al Comercio Minorista 2026 Castilla-La Mancha

Moderniza tu comercio en Castilla-La Mancha con un 70% de subvención a fondo perdido

¡HASTA 10.000€!

Desde Ninsoft ponemos nuestra experiencia en desarrollo a tu servicio para que no dejes pasar la oportunidad de las Ayudas al Comercio Minorista 2026.

Te ofrecemos soporte completo: desde la preparación de la documentación para asegurar tu solicitud, hasta la implementación técnica de tu nuevo proyecto digital.

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Te ayudamos a tramitar tu ayuda para el Comercio Minorista de Castilla-La Mancha de 2026

Los datos personales solicitados a través de este formulario son los mínimos necesarios para atender su solicitud y serán tratados por NINSOFT DESARROLLOS S.L., con CIF/NIF B02604684, y dirección en CALLE CARMEN 30, BAJO, 02005 ALBACETE, de acuerdo a lo establecido en nuestra POLÍTICA DE PRIVACIDAD con la finalidad de poder atender cualquier consulta que realice desde este formulario.
Los datos recabados por este formulario no se cederán a terceros salvo por obligación legal. Le recordamos que usted tiene derecho al acceso, rectificación, limitación de tratamiento, supresión, portabilidad y oposición al tratamiento de sus datos dirigiendo su petición a la dirección postal indicada o al correo electrónico info@ninsoft.es Igualmente puede dirigirse a nosotros para cualquier aclaración adicional.
Si prefieres llamarnos puedes hacerlo al
967 604 390 o en el 678 355 321

¿A quién van dirigidas las ayudas para el Comercio Minorista 2026?

Las Ayudas al Comercio Minorista 2026 están dirigidas a impulsar la competitividad de los negocios en nuestra región. Si eres autónomo, tienes una PYME o formas parte de una comunidad de bienes, puedes optar a esta subvención siempre que tu actividad pertenezca a los epígrafes del IAE detallados en la Orden 93/2024 (fundamentalmente grupos 64, 65 y 66).

También pueden acceder a estas ayudas las asociaciones y federaciones de comerciantes para sus actividades de promoción. Recuerda que para ser beneficiario es obligatorio estar al día en tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y que todas las inversiones deben ejecutarse en el territorio de Castilla-La Mancha.

Subvención 70% hasta 10.000€

70% a fondo perdido, no se empieza hasta que no esté aprobada
¿Qué entra en la ayuda?

E-commerce

Posicionamiento SEO

Marketing Online

Redes Sociales

Gestionamos la tramitación

Somos expertos en la gestión y tramitación de las ayudas (Empresa que más kit digital de web ha gestionado en la región)

¿Tienes dudas si algún servicio puede entrar en la ayuda? Pregúntanos.

a) Línea para impulsar y consolidar el comercio minorista. Esta línea tiene por objeto digitalizar la gestión del negocio, mediante la incorporación de nuevas tecnologías y el fomento de la visibilidad en internet, así como promover el acondicionamiento, la mejora de la eficiencia energética y la seguridad del establecimiento comercial.

b) Línea para la promoción del comercio minorista. Esta línea tiene por objeto incentivar a las asociaciones de comerciantes y federaciones de las mismas para coordinar las diversas actividades conjuntas de los establecimientos comerciales minoristas, con la finalidad de que éstos afiancen su actividad comercial y ofrezcan a los ciudadanos una oferta comercial continuada, plural, especializada y competitiva.

a) En la línea para impulsar y consolidar el comercio minorista: las personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad carente de personalidad jurídica, que desarrollen una o varias actividades comerciales minoristas incluidas en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el anexo.

No podrán ser beneficiarias de esta línea las asociaciones y federaciones de las mismas. 

b) En la línea para la promoción del comercio minorista: las asociaciones de comerciantes y federaciones de las mismas constituidas, en más de un 50 por ciento, por asociados que sean personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad carente de personalidad jurídica, que desarrollen una actividad comercial minorista incluida en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el anexo.

Requisitos de los beneficiarios: los establecidos en el artículo 5 de la Orden 93/2024, de 27 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a impulsar y consolidar el comercio minorista de Castilla-La Mancha.

Requisitos de las actuaciones:

  1. En la línea para impulsar y consolidar el comercio minorista: Los establecidos en el artículo 12 de la Orden 93/2024, de 27 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
  2. En la línea para la promoción del comercio minorista: Los establecidos en el artículo 15 de la Orden 93/2024, de 27 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

El importe total de los gastos que se presentarán para la solicitud de la ayuda, IVA excluido, deberá ser superior a 1.000 euros e inferior a 10.000 euros.

La cuantía de la subvención que podrá concederse a las personas o entidades beneficiarias será el 70% del gasto que se considere subvencionable.

1. Con el fin de establecer un orden de prelación entre las solicitudes presentadas, se tendrán en cuenta, a fecha de la publicación de la convocatoria, los criterios de valoración que a continuación se indican, con un máximo de 30 puntos:

a) Experiencia de la persona o entidad solicitante, considerándose, a estos efectos, el período de alta en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas previstos en el anexo. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos, con el siguiente desglose:

1º. Experiencia de hasta 5 años: 3 puntos.

2º. Experiencia de más de 5 años y hasta 10 años: 5 puntos.

3º. Experiencia de más de 10 años: 10 puntos.

b) Proyectos promovidos por una persona menor de 30 años o mayor de 55 años, por una persona con discapacidad, o por una mujer. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos, con el siguiente desglose:

1º. Si la persona reúne una condición: 3 puntos.

2º. Si la persona reúne dos condiciones: 5 puntos.

3º. Si la persona reúne tres condiciones: 10 puntos.

En el supuesto de que el proyecto no fuese promovido por una persona física, para la aplicación de este criterio se atenderá a cualesquiera de las personas físicas que desempeñen funciones de administración en la entidad.

c) Localización del proyecto en alguna de las zonas prioritarias definidas en el artículo 4 de la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias de Castilla-La Mancha, y que han sido establecidas en el Anexo al Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha. Se valorará con 10 puntos.

2. En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado único del Acuerdo de 19/10/2021, del Consejo de Gobierno, sobre aplicación de criterios de incentivación y medidas de apoyo a los solicitantes de ayudas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, previstas en el artículo 22.1 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, se otorgará una puntuación adicional, respecto del total de la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración previstos en el apartado anterior, de acuerdo con los siguientes porcentajes y tramos:

a) Una puntuación adicional del 20 por ciento para solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población definidos como zonas en riesgo de despoblación; en los municipios de las zonas rurales intermedias con predominio de la actividad agrícola, con población inferior a 2.000 habitantes, que hayan perdido población durante los cinco años anteriores a 1 de enero de 2021; y en los municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa despoblación.

b) Una puntuación adicional del 30 por ciento para solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas en de intensa despoblación, y en los municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación.

c) Una puntuación adicional del 40 por ciento para solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación.

3. En caso de empate en las puntuaciones obtenidas como consecuencia de la aplicación de los criterios de valoración previstos anteriormente, se procederá a su priorización de acuerdo con el orden de presentación de solicitudes

Estos son algunos de los proyectos que hemos desarrollado con otras ayudas, como por ejemplo para Kit Digital

Miriam Sicilia

> Página web

Grupo Arrate

> Página web

Guerrero Gourmet

> Tienda online

Bodegas Taray

> Tienda online

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También puedes pasarte por nuestras oficinas en Albacete, en C/ Carmen, 30, ¡te esperamos!